La importancia de prevenir la violencia y la hostilidad en el centro de trabajo
Elaborado por: Mónica Pizarro, socia del Estudio Echecopar asociado a Baker & McKenzie International
Hace unos días apareció en la prensa la noticia de que una trabajadora de una institución financiera había sido atacada por un compañero de trabajo. ¿Podría la empresa tener alguna responsabilidad en este tipo de casos? Sí podría. Esto se debe a que las normas en materia de prevención y sanción del hostigamiento sexual obligan a los empleadores (bajo responsabilidad) a promover y establecer medidas de prevención y sanción de este tipo de hostigamiento.
Además, las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo indican que las empresas deben brindar a sus trabajadores protección contra los riesgos psicosociales existentes en el lugar de trabajo, siendo el acoso, tanto moral como sexual, un riesgo psicosocial. Es decir, en cumplimiento de su deber de prevención, el empleador debe procurar para su personal un ambiente libre de todo tipo de acoso.
En consecuencia, si la empresa incumple con estas obligaciones y este incumplimiento contribuye a que uno de sus trabajadores sufra un daño, el empleador podrá ser responsabilizado por parte del daño sufrido. En este escenario, el empleador podría ser obligado a pagar una reparación en favor de la víctima o recibir una sanción administrativa (multa).
A lo anterior hay que agregar que las situaciones de acoso laboral perjudican la productividad y dificultan la retención de talento, poniendo en riesgo el logro de los objetivos de la empresa.
Entonces, tanto si tenemos interés en tener un ambiente de trabajo que fomente la productividad y permita retener el mejor talento, como si nos preocupamos de la responsabilidad en la que pueda incurrir la empresa frente a actos de violencia o de acoso, es importante tomar acciones para evitar que este tipo de situaciones se produzcan. ¿Qué podemos hacer para lograr este objetivo? Algunas líneas de acción son:
- Promover un ambiente de trabajo respetuoso: los empleadores pueden requerir a sus trabajadores comportarse de manera respetuosa con sus compañeros de trabajo y superiores. Admitir comportamientos contrarios a esta regla puede ser la puerta de entrada para que se produzcan situaciones de acoso, tanto moral como sexual.
- Evaluar cuál es la situación en materia de igualdad y en prevención del hostigamiento en el centro de trabajo. Para ello se puede realizar una auditoría en materia de igualdad y una encuesta de clima laboral.
- Evaluar las políticas y procedimientos en materia de igualdad en el centro de trabajo y prevención de hostigamiento para determinar si son eficientes y se ajustan a la legislación vigente. De ser necesario, modificarlos y adaptarlos a los requerimientos legales.
- Capacitar a todo el personal en materia de igualdad en el centro de trabajo y prevención del hostigamiento. Específicamente, informar al personal sobre los principales aspectos de las políticas y procedimientos de denuncia de cualquier acto que atente contra la igualdad en el centro de trabajo o contra la dignidad de los trabajadores.