¿El Perú está listo para el cumplir con el Reglamento de la Unión Europea sobre Productos Libres de Deforestación?
Elaborado por: Nicole Freire, asociada principal del Estudio Echecopar, asociado a Baker & McKenzie International.
En junio de 2023 entro en vigor el Reglamento de la Unión Europea (UE) sobre Productos Libres de Deforestación (2023/1115), el cual establece normas relativas a la introducción y comercialización en el mercado de la UE, así como la exportación desde la UE de productos como carne, cuero o piel de bovino, café, cacao, chocolate, soja, caucho y neumáticos de caucho, madera y aceite de palma. Este tipo de operaciones requiere que las empresas realicen una exhaustiva diligencia debida a lo largo de la cadena de suministro para garantizar que sus productos no provengan de tierras deforestadas y que cumplan con legislación local.
Para finales de diciembre de 2024[1], las empresas deben cumplir con presentar una declaración de diligencia debida para poder introducir los productos con destino a Europa. Si bien esta norma resulta favorable para reducir la deforestación mundial, hay algunos lineamientos que pueden afectar el volumen de las agroexportaciones peruanas con destino a Europa.
Según información de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), en los últimos 30 años han desaparecido en todo el mundo unos 420 millones de hectáreas de bosque, lo que representa aproximadamente el 10% de la superficie total del planeta, una extensión mayor que la de la UE[2].
El Reglamento establece que para poder comercializar y exportar hacia y desde la UE, se deberá demostrar que los productos introducidos y comercializados en esta región están libres de deforestación, es decir, que han sido producidos en tierras no deforestadas después del 31 de diciembre de 2020, que cumplen con la regulación pertinente del país de producción (derechos de uso de suelos, protección del medioambiente, regulación forestal, derechos laborales y humanos, entre otras) y que los productos están amparados por una declaración de diligencia debida. Ello implica la recopilación de la información de datos y documentos necesarios para cumplir los requisitos, así como el cumplimiento de medidas de evaluación y mitigación de riesgos.
Para facilitar el cumplimiento, la Comisión Europea clasificará a los países productores en tres categorías: bajo, estándar y alto riesgo. Inicialmente todos los países serán considerados en el riesgo estándar. En el caso de los países con riesgo bajo, los operadores en Europa podrán realizar un procedimiento simplificado de diligencia debida. Sin embargo, aún no se ha concluido la clasificación de países. Se estima que será presentada a finales de este año.
En cuanto a los principales retos para los países productores como el Perú, se encuentra lo referido al cumplimiento de los requisitos de monitoreo y trazabilidad libre de deforestación exigidos. No contamos aún con información completa y confiable sobre los productores agropecuarios. Asimismo, se requiere la implementación de herramientas tecnológicas que permitan superar la falta de información, como los polígonos georreferenciados de las parcelas de los productores. Todo ello, puede repercutir negativamente en los productores, pues conlleva a asumir costos altos para poder dar cumplimiento al Reglamento. Asimismo, se van a requerir cambios normativos que vayan acompañados del fortalecimiento de las capacidades gubernamentales en fiscalización, monitoreo y seguimiento, así como establecer mesas de diálogo con productores y operadores de diversas cadenas de valor para verificar el estado de la deforestación posterior a 2020 y tomar medidas de mitigación que eviten una clasificación de riesgo alto[3].
[1] A partir de junio de 2025 para PYMES: “microempresas, pequeñas y medianas empresas, tal como se definen en la Directiva 2013/34/UE35″, conforme al artículo 2(30) del Reglamento de la Unión Europea sobre Productos Libres de Deforestación.
[2] Considerando (2) Reglamento de la Unión Europea sobre Productos Libres de Deforestación.
[3] Estudio de Impacto de la regulación europea de no deforestación en cadenas de valor de café y cacao. (www.producciónsostenible.org.pe)