Modalidades de Pensión
La forma que escogemos nuestra pensión – o modalidad de pensión – es la decisión que nos acompañará hasta el último de nuestros días. Esta decisión se toma en la etapa final del trámite de pensión, cuando las diferentes instituciones ofrecen la mejor pensión posible a través del sistema de denominado MELER “Mercado Electrónico de Rentas”, el cual asegura la transparencia en las propuestas y busca que el trabajador opte por su mejor alternativa.
La modalidad de pensión primaria es el Retiro Programado, esta alternativa la ofrece la AFP donde se encuentra el afiliado. En el retiro programado el pensionista conserva la propiedad del fondo que ahorró durante su época laboral. Mensualmente se efectúan retiros contra el saldo de dicha cuenta, sin embargo, en favor de ello, la AFP sigue generando rentabilidad sobre el fondo del trabajador. El dinero ahorrado se mantiene en el Fondo Tipo 1, pero si el pensionista lo desea, puede migrar al Fondo Tipo 2. En esta modalidad, la pensión se recalcula todos los años. Finalmente, el afiliado puede escoger en el momento que desee cambiar de esta modalidad de pensión a otra modalidad o incluso cambiarse a otra AFP, en otras palabras es una modalidad revocable.
Las Rentas Vitalicias, son pensiones las que se denominan vitalicias debido que son otorgadas hasta que el afiliado fallezca. Habitualmente el monto de la pensión es menor frente al retiro programado, la pensión es ajustada periódicamente y le ofrece al pensionista la alternativa de diferentes monedas.
La otra modalidad es la combinación de las dos anteriores, llamada Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, en este caso el afiliado recibe una fracción de la pensión desde el fondo que administra la AFP por un determinado periodo (máximo tres años). Este periodo se denomina Periodo Temporal, posteriormente, recibirá una pensión vitalicia otorgada por la compañía de seguros para el resto de su vida. Incluso, generalmente durante el periodo temporal la pensión es mayor a la otorgada en el retiro programado, mientras que en el periodo vitalicio diferido recibe un monto menor. Es decir, es una modalidad compuesta, en la que el pensionista recibe más dinero al inicio afectando los años posteriores.
La Renta Mixta, es el tipo de modalidad que tanto la AFP como la compañías de seguros son responsables de pagarla, en este caso, el pensionista recibe dos pagos de pensión simultáneas, una en retiro programado en soles por la AFP y la otra en renta vitalicia por parte de la compañía de seguros en dólares. El afiliado debe tener presente que sólo la parte que financia el Retiro Programado podrá ser sujeta de herencia si fuera el caso.
La Renta Combinada, es la última innovación que el Sistema Privado de Pensiones ha lanzado al mercado en busca de satisfacer las expectativas de sus afiliados. Esta modalidad tiene como objetivo otorgar un balance del riesgo de longevidad y de inversión. En este caso, se contrata una pensión en la modalidad de retiro programado (en soles), adicionalmente, el afiliado contrata una parte de su pensión bajo la modalidad de renta vitalicia en soles ajustados. Para ello, el fondo acumulado por el afiliado durante su vida laboral se dividirá en dos partes iguales, solo la parte que financia el Retiro Programado es sujeta de herencia si fuera el caso.
Es importante tener en cuenta que las Rentas Vitalicias, Mixta y Combinada son irrevocables; es decir, no se puede dar marcha atrás. Por otro lado, todas las modalidades de pensión le otorgan cobertura de seguro médico por ESSALUD dado que se aplica el descuento obligatorio del 4% aplicado sobre la pensión.
El consejo final es que debemos tomarnos el tiempo para decidir con información y responsabilidad, y sobretodo, conscientes que es una decisión que acompañará por varios años