Retiro del 95.5% de los fondos: panorama actual
Ahora tenemos más claro el panorama de la devolución del 95.5%: a partir del próximo 16 de mayo los afiliados que tienen 65 años o más, pueden llamar por teléfono o acercarse a las agencias de las AFP para iniciar su trámite.
Las AFP le brindarán la asesoría del caso entregándole las alternativas de retiro, dado que el máximo retiro es el 95.5%, las alternativas que las AFP ofrecerán como asesoría serán: no retirar el fondo y obtener pensión, retirar el 25% o 50% o 75% con el respectivo estimado de pensión que obtendría con el saldo; con esta información, el afiliado tendrá 7 días para evaluar y finalmente decidir qué hacer con su fondo. Estas alternativas son solo para efecto de asesoramiento, queda claro que el afiliado tiene la libertad de escoger el porcentaje de retiro.
Por otro lado, también se aprobó y reglamentó el Régimen Especial de Jubilación Adelantada por desempleo (REJA), este régimen ha sido aprobado hasta el 2018. Los requisitos para aplicar a este beneficio son:
- En el caso de mujeres, debe tener 50 años o más; en el caso de hombres, debe tener 55 años o más.
- El afiliado o afiliada debe estar sin trabajo por un año consecutivo.
Cumpliendo ambos requisitos, el afiliado puede acceder a este beneficio. Si la pensión calculada supera una RMV (S/.850.00), entonces el afiliado puede decidir que le paguen la pensión o en su defecto, aplicar al retiro máximo del 95.5%. En caso la pensión no supere una RMV entonces el afiliado podrá retirar 50% del fondo acumulado, el resto lo podrá retirar a los 65 años. Quiero precisar que estas son las disposiciones vigentes al día de hoy.
Este beneficio se viene brindado a los afiliados al SPP hace varios años y es de esperar que luego del 2018 se emita una nueva ley en ese sentido.
Por otro lado, aún faltan emitir los procedimientos relacionados a los beneficios por enfermedades terminales, esperemos que la reglamentación se emita pronto dado que este es un clamor de muchas personas. Adicionalmente, el uso de la garantía del 25% del fondo para cuota inicial de una vivienda quizás quede sin aplicarse dado las nuevas disposiciones que pasaremos revisar.
La semana pasada, el Congreso aprobó una serie de cambios complementarios a los anteriormente emitidos, incluso algunos beneficios adicionales. Uno de ellos es que se abre las puertas para que, incluso quienes reciben pensión puedan retirar sus fondos, se simplifica el uso del 25% del fondo para una primera vivienda, abriendo la posibilidad de usarlo para cuota inicial o amortización de un préstamo hipotecario, el destino del 4.5% para ESSALUD, entre otros.
En general, el interés de los trabajadores es importante, estas disposiciones no hacen más que ofrecer más ventajas del SPP sobre el SNP, los jóvenes deberían evaluar las diferencias entre ambos sistemas para tomar la mejor decisión para cada uno. Sin embargo, también abre las puertas al uso inadecuado del fondo que finalmente puede llevar a más personas sin pensión.
Por mi lado, recomiendo que hagan uso moderado del fondo que han acumulado a través de los años y siempre tengan presente que este fondo debería sostenerlo hasta el final de sus días.
Por: Gonzalo Bernal, gerente comercial.