Irresponsabilidad social empresarial
El cargamontón contra el actual Ministro de Trabajo continúa. Tanto los poderes económicos, mediáticos y los analistas afines no aceptan que en su trayectoria profesional se incluyan actividades de fiscalización laboral, defensa de sindicatos y de trabajadores en particular. Llama también la atención la reacción adversa de diversos gremios empresariales que están a favor de la flexibilización laboral y en contra del ajuste de la remuneración mínima vital que a la par pregonan adscribirse a los principios de Responsabilidad Social Empresarial (RSE). A estos, hay que recordarles que ambas posiciones son difíciles de conciliar.
La norma con relación a la RSE se plasmó en la ISO 26000 cuyo proceso de elaboración se inició en 2001 y terminó en 2010 con la participación de expertos de 90 países y 40 organizaciones internacionales y regionales representativas de todas las partes involucradas. El capítulo sobre prácticas laborales tiene siete secciones: visión general, principios, relaciones laborales, condiciones de trabajo y protección social, diálogo social, salud y seguridad en el trabajo, desarrollo humano y formación en el lugar de trabajo. A continuación algunos de sus contenidos para recordar a los empresarios los compromisos asumidos con la RSE.
En la visión general se señala que el trabajo enriquecedor y productivo es un elemento esencial del desarrollo humano y los niveles de vida mejoran gracias al pleno empleo y el empleo seguro. Su ausencia constituye una causa primordial de problemas sociales (6.4.1.2). En los principios nos recuerda que el trabajo no es una mercancía, por lo que los trabajadores no deberían ser tratados como un factor de producción, ni estar sujetos a las mismas fuerzas del mercado que se aplican a las mercancías. Se reconoce la vulnerabilidad de los trabajadores y la necesidad de proteger sus derechos básicos (6.4.2.1).
La lista de acciones que debería implantar una organización son numerosas. Destacan, por ejemplo, reconocer la importancia del empleo seguro valiéndose de la planificación para evitar empleo casual o el excesivo uso de trabajadores temporales. Evitar obligaciones que impone la ley disfrazando relaciones laborales. No beneficiarse de prácticas laborales injustas, explotadoras o abusivas de los socios, proveedores o subcontratistas, incluidos los trabajadores a domicilio. Pagar salarios que, al menos, fueran adecuados a las necesidades de los trabajadores y sus familias. No obstruir a los trabajadores que busquen formar sus propias organizaciones o unirse a ellas y negociar colectivamente. Abstenerse de alentar a los gobiernos a restringir el ejercicio de los derechos, internacionalmente reconocidos, de libertad de asociación y negociación colectiva, entre muchas otras propuestas.