BALANCE LABORAL 2017
Lamentablemente es negativo en tanto no se ha producido la reforma laboral esperada. No han existido cambios estructurales sino formales en algunos aspectos y en otros se han hecho precisiones para frenar excesos jurisprudenciales. Quizá lo más sustantivo, para el sector formal sea la Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre hombres y mujeres emitida a fin de año pero notemos que se aplica al 30% de la PEA no a la gran mayoría de trabajadores que es informal.
Veamos los principales cambios, que se aplican al sector formal:
-En las relaciones individuales de trabajo se han simplificado procedimientos formales relativos a la presentación de contratos ante la Autoridad Administrativa de Trabajo así como los que se refieren a convenios sobre modalidades formativas laborales. También se ratificó la posibilidad de firmar electrónicamente documentos laborales, lo cual sin duda facilita la vida al empleador. Sin embargo, no se ataca la informalidad.
- En temas colectivos, se cerró la puerta, al menos temporalmente a la posibilidad de que los sindicatos obliguen a las empresas a recurrir al arbitraje sin causa alguna (arbitraje potestativo incausado). Nos parece adecuado el cambio pues el arbitraje debe ser voluntario salvo excepciones como actos de mala fe de alguna de las partes en la negociación. Este cierre ya existía en la legislación pero la jurisprudencia se había pronunciado a favor del arbitraje potestativo incausado por lo que era necesario un cambio en la normativa.
También se ha precisado que para el pago de la cuota sindical el sindicato debe tener una cuenta en una entidad financiera a su nombre, importante para prevenir el lavado de activos.
Un cambio importante en materia de inspección laboral fue la modificación al esquema del procedimiento inspectivo para adecuarlo a las modificaciones efectuadas a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Ahora la sanción al empleador involucra a dos autoridades adicionales al inspector laboral, lo que permitiría una mejor evaluación de los hechos antes de imponer una sanción.
Siguiendo con el tema inspectivo, este año se han emitido diversas Directivas por parte de Sunafil que permiten otorgar mayor seguridad jurídica al sistema, unificando criterios. Así tenemos por ejemplo, el protocolo inspectivo en materia de trabajo infantil, sector construcción, electricidad, minería, trabajo del hogar, procedimiento sancionador y recientemente entrega de constancia de CTS, esto es positivo. También se han emitido dos lineamientos interpretativos de la normativa laboral por partes del Consejo Directivo.
SECTOR PÚBLICO
En el sector público las normas más relevantes han sido las que incorporan al personal de Essalud que se encuentra en el régimen CAS al régimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo 728, la cual ha sido reglamentada este año también. A través de dichas normas, se establece que se incorporarán al indicado régimen aquellos trabajadores que ingresaron por concurso público y que cuenten como mínimo dos años de labores continuas en el Seguro Social de Salud (EsSalud) a la fecha de publicación del reglamento.
Los criterios de incorporación serán la antigüedad y progresividad. Se precisa que las incorporaciones serán mensuales y se iniciarán en un plazo máximo el día 21 de enero del 2018 y culmina el 21 de enero de 2020.
Para el cumplimiento de la norma se formará una Comisión de Incorporación que determinará la cantidad de trabajadores por cada tramo mensual, conforme a los requerimientos y necesidades institucionales.
Las normas señalan que en su implementación se tendrá también en cuenta la sostenibilidad financiera y disponibilidad presupuestal de Essalud. Este punto es sumamente relevante pues se suele reclamar que EsSalud carece de presupuesto suficiente.
JURISPRUDENCIA
Este año ha habido una gran actividad jurisprudencial pues recordaremos que además de diversas sentencias de la Corte Suprema y jueces en general en materia laboral, se han realizado el V y VI Pleno Jurisdiccional en materia laboral y previsional, en los cuales se emitieron importantes criterios relativos al despido, regulando el pago de una indemnización por daño moral y la condena de daños punitivos. En el último pleno también se hizo alusión a dichos daños en materia de accidentes de trabajo señalando que el empleador siempre es responsable cuando ocurren los mismos.
Año 2018
No esperamos cambio significativo alguno en materia laboral. Se dijo que se evaluaría incrementar la Remuneración Mínima Vital, medida que desde ya consideramos inoportuna dado el poco crecimiento del PBI en el presente año.
La Ley del Empleo Juvenil, que se veía como una posibilidad de reducir la informalidad en los jóvenes de 18 a 29 estuvo estancada en el Congreso y no vemos opción a que se apruebe.
Quizás lo que tenga mayor movimiento sea la inspección laboral, pues habrá más presupuesto este año, por lo que se espera que se contraten más inspectores y se seleccionen a los miembros del Tribunal de Fiscalización Laboral. Habrán más lineamientos seguramente hasta que dicho Tribunal inicie funciones. Esperamos inspectores más preparados que conozcan mejor las normas laborales y que no pierdan la objetividad.
Para el siguiente año iniciarán las incorporaciones de los CAS de Essalud al Decreto Legislativo 728 y se deberán implementar las políticas salariales que requiere la ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre hombres y mujeres. Esperemos que lo primero no se politice y que lo segundo sea evaluado técnicamente por la autoridad inspectiva para lo cual los inspectores deberán capacitarse adecuadamente.
Seguramente habrán nuevos pronunciamientos judiciales que modifican nuestro sistema de relaciones laborales que esperemos no lo siga haciendo tan rígido, aunque creo que ocurrirá lo contrario.
Finalmente, y nuevamente, hacemos votos para que este Gobierno se estabilice y puede dar pasos importantes para reducir la informalidad laboral.
Feliz 2018 para todos!