¡Daremos títulos de propiedad!
Es temporada de promesas electorales y una de las más apreciadas es sin duda la llamada “titulación”. ¡Daremos títulos de propiedad! exclaman los candidatos seguido del estruendoso aplauso del público.
¿Pero qué implica la “titulación” que genera tanta algarabía?
En el Perú tenemos serios problemas de informalidad, producto de los engorrosos procedimientos para documentar e inscribir los derechos de propiedad. Es indispensable trabajar en reformas del sistema legal para lograr el acceso al registro de manera sencilla y confiable.
Sin embargo, la ”titulación” a la que se refieren los aspirantes no tiene nada que ver con la atención de esta necesidad histórica, sino mas bien con la transferencia gratuita de tierras a poseedores ilegítimos o invasores consolidados de inmuebles públicos y privados.
Dar títulos de propiedad es pues transferir derechos a quienes no lo tienen, sobre la base de la posesión ilegítima y de mala fe. El ofrecimiento electoral reviste especial gravedad porque se trata de institucionalizar un método que convalida la posesión irregular e incentiva la invasión de predios.
La ocupación ilegal de inmuebles ajenos es un acto criminal y constituye una grave violación al derecho de propiedad. El respeto absoluto al derecho ajeno es la esencia de un sistema basado en libertades económicas, lo que obviamente no se condice con estimular las posesiones injustas.
El derecho a la vivienda previsto en la Constitución no justifica en ningún caso la invasión ni la sustracción del dominio ajeno. El rol promotor del Estado no alcanza para la provisión de una vivienda a cada ciudadano que lo requiere, aunque sí para implementar programas de subsidio financiero como “Techo Propio” o “Mi Vivienda”, a través de los cuales se facilita la adquisición regular y ordenada de predios, sin que medie una posesión ilegal. En materia asistencial se da cobijo temporal al indigente pero no se le regala una finca.
La “titulación” que ofecen los candidatos implica un acto anómalo desde todo punto de vista. Si el predio ocupado es del Estado y el propio gobierno facilita la permanencia de los invasores o hasta los premia con la transferencia gratuita, se estarían incumpliendo todas las normas sobre protección de bienes estatales y el sistema entraría en caos. ¿Con qué autoridad se podría reprimir los nuevos asaltos si se sabe que el Estado entrega sus predios a usurpadores y precarios?
En el caso de inmuebles pertenecientes a particulares la situación es más dramática pues la “titulación” supone expropiar los bienes de un privado para darselo a otro, lo cual no solo es inconstitucional sino que expresa la peor señal para quienes invierten en el país. Precisamente, uno de los cambios trascendentales en materia de expropiación que trajo la actual Carta Magna es que la propiedad privada solo se pierde en beneficio de toda la sociedad, no para atender a un grupo o sector de la población.
¡Titulación! ¡Titulación! se escucha en la plaza. Es música para los oidos del poseedor ilegal pero una amenaza contra el patrimonio estatal y el sistema de libertades, o en el mejor de los casos un embuste del promitente.