La explotación sexual y la trata de personas: realidad supera a la ficción
Escribe Rita Calla alumna de Ingeniería Empresarial de la Universidad del Pacífico.
Una problemática normalizada es algo difícil de ver. El concientizar sobre la trata de personas y la explotación sexual fue en sus inicios una tarea para nada fácil, ya que la sociedad no buscaba involucrarse con un tema tan delicado. Debido a esta dificultad para concientizar y fomentar a tomar acciones ante este problema social, en 1999 se realizó la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas, en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh. Esta tuvo como resultado lo que hoy conocemos como el Día Internacional contra la Trata de Personas y la Explotación Sexual que se celebra cada 23 de septiembre.
Un problema antiguo con un nuevo nombre
Desde el siglo XIX, la trata de personas comenzó a considerarse un problema que afectaba a la sociedad en general, ya que perpetúa la desigualdad social, económica y cultural que daña a miles de personas. De esta forma, si bien antes era conocido como “tráfico de blancas”, pues aludía a las mujeres europeas que eran llevadas a la fuerza a países de Asia, África y Europa, hoy en día se utiliza el término “tráfico de personas” (Capital Humano y Social Alternativo, 2010). Esto debido a que las mujeres no son las únicas perjudicadas, sino que a esta ecuación malévola se le incluyen hombres y niños que, en contra de su voluntad, son elegidos, secuestrados y trasladados a un lugar con el propósito de comerciar con ellos. Más aún, la prevalencia de este delito de ramificación mundial ha llevado a que el día de hoy haya superado el tráfico internacional de drogas y armas (Castro, 2012).
Retos y avances
En el mundo existen 4.8 millones de niños, niñas y adolescentes sometidos a trabajo forzoso, de los cuales 1 millón son víctimas de explotación sexual (Organización Internacional del Trabajo, 2017). Si bien es cierto que hoy en día se ha logrado un avance significativo con respecto a este porcentaje, aún hay retos por superar. Según la Agenda 2030 creada por 5.2 Global Partnership, uno de ellos es el eliminar todas las formas de discriminación y violencia contra las niñas y las mujeres en los ámbitos públicos y privados, incluidas la trata y la explotación sexual (Naciones Unidas, 2018).
A nivel internacional, el protocolo de Palermo fue un gran avance en esta lucha contra la violación de los derechos humanos. Este proponía una actuación conjunta que tiene por finalidad prevenir y combatir la trata de personas, proteger y ayudar a las víctimas, y promover la cooperación entre los Estados miembros (Naciones Unidas, 2004). Por otro lado, a nivel nacional, un paso gigantesco que se dio en el Perú en el 2004 fue la promulgación de la ley Nº 28251 contra el abuso y explotación sexual. Esta indica que se privará de libertad a toda persona que someta a otra a cualquier tipo de prostitución.
Nuevo enfoque: protección y ayuda a las víctimas
Nuevos enfoques internacionales para el tratamiento de la trata de personas y la explotación sexual proponen dividir la problemática en su aspecto legal (procedimental) y de apoyo psicológico a las víctimas de este, de modo que logren cambios sostenibles en las estrategias de erradicación de este delito, en su escala global. De lo contrario, no se podrán establecer cambios que favorezcan totalmente al afectado, por lo que es necesario la implementación de más programas de recuperación. Por ejemplo, en el país, se cuenta con el programa que brinda el MINSA de manera gratuita en todos los establecimientos de salud, que incluye el tratamiento médico integral a las víctimas de estos delitos, además de un protocolo especial para su atención desde los enfoques de derechos humanos, género e interculturalidad (Ministerio de Salud, 2016).
Asimismo, es necesario que se tome en cuenta aspectos clave como la asistencia sanitaria y psicológica, apoyo inmediato como albergues y alojamiento seguro, así como protección sobre todo para las víctimas que decidan testificar (Castro, 2012). Por otro lado, en el aspecto legal, existen dos modelos legales con enfoques opuestos que ayudarían en la lucha contra la explotación sexual. El primero es el regulacionista el cual avala que la prostitución es un trabajo voluntario que debe ser diferenciado de la explotación o esclavitud sexual, que es considerada un delito. Históricamente, la prostitución no ha sido considerada un trabajo, sino una práctica estigmatizada. Ello porque estamos ante una actividad que transgrede con los roles femeninos tradicionales. Estos roles les exigen a las mujeres relacionar afectividad con sexo; dedicarse a prestar servicios domésticos juntamente con el sexo; no disfrutar del sexo; y no tener muchas parejas sexuales. La prostitución rompe con esta construcción social y manifiesta, según esta postura, que las mujeres pueden gozar de los mismos derechos sexuales que los hombres. El segundo es el abolicionista, el cual afirma que el sexo es construido en el imaginario social como un espacio en el que se recrea la dominación de los hombres y la subordinación de las mujeres. En el caso de la prostitución, el dinero recrea la dominación masculina (Vásquez, 2016).
Tolerancia cero: La sociedad, la trata de personas y la explotación sexual
Lastimosamente, el tráfico de personas y la explotación sexual son un negocio; por lo tanto, mientras más demanda haya, más se seguirá ofertando este servicio. Por ello, es primordial concientizar a la población en general sobre la realidad de la explotación sexual y trata de personas, las cuales rompen todo principio de igualdad, sobre todo, entre hombres y mujeres. Además, hay que tener en cuenta que las víctimas son, en su mayoría, mujeres vulnerables y empobrecidas, por lo que, aunque se quiera disfrazar como un trabajo o un servicio más, no lo es (Castro, 2012).
A esta idea debemos agregarle la que afirma que la prostitución pasa por alto los derechos humanos, así como destruye la igualdad, la solidaridad y el compañerismo, ya que un hombre que compra favores a una mujer no la ve como igual ni mucho menos como a alguien a quien ayudar (Kollontai, 1921).
Como se mencionó anteriormente, la finalidad de conmemorar este día es el tomar conciencia de la realidad, una en la que mujeres, hombres y niños no se sienten seguros, una que tiende a negar esta violación contra los derechos humanos. Pero, pese a todo ello, también es una realidad que puede cambiar y evolucionar. Por esto que debemos considerar que el que se haya proclamado esta problemática como un día internacional, si bien es un avance, no es una meta final. Aún estamos a medio camino, aún hay personas que esperan nuestro progreso como sociedad para poder sentirse libres.
Referencias
Castro, M. (2012). La trata de personas: la esclavitud más antigua del mundo. Documentos de trabajo social: Revista de trabajo y acción social, 51, 447-457. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=4643458
Capital Humano y Social Alternativo. (2010). La trata de personas en el Perú: manual para conocer el problema. https://www.trabajo.gob.pe/migrante/pdf/trata_personas_peru_manual.pdf
Kollontai, A. (1921). La prostitución y las formas de combatirla. [Sesión de conferencia]. Congreso de la Mujer regional, Rusia. https://books.openedition.org/ariadnaediciones/6424?lang=es#:~:text=Hacia%201921%2C%20Kollontai%20afirmaba%20que,del%20trabajo%20de%20la%20mujer.
Ley N° 28251, Ley que modifica e incorpora artículos referidos a la Violación sexual, explotación sexual comercial y pornografía infantil. (08 de junio de 2004). https://evaw-global-database.unwomen.org/en/countries/americas/peru/2004/ley-n-28251-modificando-el-codigo-penal-peruano
Ministerio de Salud. (22 de septiembre de 2016). Minsa brinda atención integral y gratuita a víctimas de la trata de personas. https://www.gob.pe/institucion/minsa/noticias/14797-minsa-brinda-atencion-integral-y-gratuita-a-victimas-de-la-trata-de-personas
Naciones Unidas. (2018). Marco de indicadores mundiales para los Objetivos de Desarrollo Sostenible y metas de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. https://peru.un.org/es/sdgs
Naciones Unidas. (2004). Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional y sus protocolos. https://www.unodc.org/documents/treaties/UNTOC/Publications/TOC%20Convention/TOCebook-s.pdf
Organización Internacional del Trabajo. (2017). Metodología de las estimaciones mundiales sobre la esclavitud moderna: trabajo y matrimonio forzosos. https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—ed_norm/—ipec/documents/publication/wcms_651919.pdf
Vásquez, R. (8 de marzo del 2016). Por una normativa especial contra la explotación sexual. IDEHPUCP. https://idehpucp.pucp.edu.pe/opinion_1/como-luchar-contra-la-explotacion-sexual-desde-la-regulacion-estatal/