Líbranos de las aguas mansas
Un empresario viene importando desde hace algunos años una línea de productos de belleza por cuya venta local debe pagar una regalía por uso de marca. La regalía la paga a la empresa propietaria de la marca con sede en Alemania y encarga la producción de estos productos a una empresa ubicada en China. Nuestro empresario no tiene vinculación ni con la empresa alemana ni con la empresa china. A veces trae las mercancías por vía marítima y otras por vía aérea.
Durante los más de 4 años que viene desarrollando sus actividades el negocio ha ido bien y pese a algunas dificultades de índole comercial oportunamente superadas, el margen de utilidad obtenido ha sido muy interesante. Podríamos decir que la marca se ha ido consolidando bien en el mercado y que el negocio encuentra una viabilidad bastante razonable. Los planes de expansión se van concretando y las expectativas de crecimiento, incluso con el manejo de nuevas marcas, se ven cada vez más cercanas.
De otro lado, nuestro empresario se siente tranquilo en cuando a sus trámites y procedimientos de importación pues, más allá de algunas leves observaciones a nivel del despacho que siempre pudo levantar de manera satisfactoria, nunca ha tenido mayores inconvenientes.
En este escenario, y exactamente a los 4 años y 5 meses de realizada la primera importación, nuestro empresario recibe una notificación mediante la cual la Aduana le comunica que iniciará una fiscalización de los tres primeros años en que realizó sus operaciones señalando para ello una muestra inicial de declaraciones de importación la misma que, conforme fue indicado, podría ser ampliada a criterio de la autoridad.
Como consecuencia de dicha fiscalización se le comunicó que no había incluido en el valor de importación declarado: i) ciertos mayores pagos efectuados al proveedor chino consecuencia de determinados incrementos de los precios pactados; ii) las regalías que había venido pagando el propietario de la marca; iii) algunos conceptos relacionados con pagos logísticos realizados en el país de exportación y que le habían sido facturados por separado; iv) algunos conceptos relacionados con los fletes marítimo y aéreo.
La consecuencia: nuestro empresario se vio frente a una acotación millonaria tanto de tributos como de multas, más los intereses moratorios por los años transcurridos desde cada importación. Recibió sí, una invitación cordial de parte de la Aduana para pagar de manera voluntaria (sin reclamar) la deuda tributaria aduanera a fin de obtener una rebaja del 60% del monto de las multas.
Pero…. si las operaciones de importación se venían desarrollando sin ningún tipo de problema … ¿qué pasó? ¿Multas del 200% de los tributos dejados de pagar? ¿Por qué nunca nadie le dijo y recién se enteró de todo esto luego de 4 años? etc. etc…. y continúan preguntas sin respuesta. Y, a modo de corolario, ¿qué creemos que pasó con la sensación de emprendimiento seguro y de interesantes planes por desarrollar?, pues cayeron en un hoyo muy pero muy oscuro.
La historia de nuestro empresario, que no dista mucho de lo que ocurre en la realidad en no pocos casos, nos llama a una reflexión:
o En primer lugar, la aparente “tranquilidad” de hoy no implica necesariamente que algo malo no vaya a ocurrir mañana.
o Lo peor que nos puede ocurrir es generar contingencias de las que no somos conscientes. Ello se agrava si desarrollamos operaciones comerciales que se mantienen inalterables (esto es, “incubando” contingencias) durante años.
o Una revisión preventiva de cumplimiento de nuestras operaciones de comercio exterior siempre resultará beneficiosa pues nos permitirá descubrir contingencias que permanecían ocultas.
o La autoliquidación voluntaria de la deuda tributaria – aduanera (antes de cualquier requerimiento) permitiría obtener un descuento del 90% del monto de las multas; esto es, 30% más que si procedemos a autoliquidar la deuda dentro de una fiscalización.
o No seamos “confiados” como el empresario del caso expuesto. Recordemos el viejo refrán que reza “líbranos de las aguas mansas que de las bravas me libro yo”.