Batman vs. Superman
Película inspirada en los comics de Marvel largamente esperada por los fans de ambos superhéroes. Duelo épico entre titanes de pronóstico siempre reservado.
En materia de comercio exterior tenemos también nuestros titanes que a veces se ven enfrentados en lo que respecta a la expedición de normativa y/o la interpretación de la ya existente. Nos referimos al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).
Hemos sido testigos de duelos encarnizados en materias tan importantes como la valoración aduanera y las regulaciones sobre el origen de las mercancías importadas. Y es que cuando ambos titanes no se ponen de acuerdo, lo cual ocurre con no poca frecuencia, normalmente quien paga los platos rotos es el operador de comercio exterior (mortal común, impotente y sin fuerzas para combatir de igual a igual).
Buena parte de este antagonismo de posiciones se origina en los fines perseguidos por cada quien. Mientras que el MEF tiene por objetivo velar por el erario nacional, el MINCETUR tiene por finalidad procurar el desarrollo del comercio exterior.
Así, mientras que el MEF tiene una función orientada eminentemente hacia la recaudación (materializada a través de la SUNAT), el MINCETUR tiene una labor destinada eminentemente hacia la facilitación del comercio.
En medio de este choque de titanes la Aduana quedaría en el medio y hasta un poco desorientada si tenemos en consideración que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley General de Aduanas (LGA), “los servicios aduaneros son esenciales y están destinados a facilitar el comercio exterior, a contribuir al desarrollo nacional y a velar por el control aduanero y el interés fiscal”.
Entonces ¿qué es lo que debe primar en la labor desplegada por la Aduana? ¿La facilitación del comercio, el control aduanero o la recaudación?
Esta pregunta cuasi existencial nos lleva a la siguiente reflexión: la razón de ser de la Aduana es el control en frontera en cuanto al ingreso y salida de mercancías al y del país; control que debe sustentarse en una adecuada gestión del riesgo que permita la necesaria fluidez de las operaciones de comercio exterior. Esto es, un control aduanero responsable orientado hacia la facilitación del comercio.
Esta visión se encuentra en línea con las disposiciones de los capítulos sobre Facilitación del Comercio y Procedimientos Aduaneros contenidos en todos los Tratados de Libre Comercio suscritos por nuestro país, cuyas disposiciones nos vinculan y no pueden ser desatendidas.
La función principal de la Aduana, entonces, no es la de recaudar.
No obstante a veces, cuando la confrontación entre titanes tiene lugar, suele haber cierta desorientación que impide ver el horizonte con claridad trastocando prioridades.
Dicho ello, y a propósito de ello, cabría reflexionar también sobre si la Aduana realmente debería formar parte de la SUNAT o ser independiente como era antes. Y si fuera independiente ¿debería seguir bajo el paraguas del MEF o quedar adscrita a otro sector?
Preguntas interesantes e importantes que deberían formar parte del debate y agenda pendiente.