Transparencia transversal
Las normas sobre digitalización obligatoria de operaciones vinculadas con la cadena logística de comercio exterior, recientemente objeto de reglamentación a través del Decreto Supremo No. 001-2021-MINCETUR (Reglamento del Decreto Supremo No. 1492), buscan evitar el contacto entre personas respecto de los trámites y gestiones requeridos para realizar importaciones y exportaciones.
Una de las principales motivaciones de esta normativa estuvo impulsada principalmente por las necesidades que imponía la pandemia del COVID-19, la misma que desnudó falencias y debilidades en cuanto al funcionamiento de la cadena logística internacional de mercancías, derivadas, muchas de ellas, del hecho de efectuar trámites presenciales y de manejo documentario de manera física.
Existieron también otras importantes motivaciones que resaltan la importancia del proceso de digitalización en comentario. Nos referimos a la necesidad de modernizar los procesos que permiten la interacción entre cada uno de los eslabones de la cadena logística internacional a fin de generar eficiencias en las operaciones de comercio exterior.
Lo mencionando no resulta un tema menor si consideramos que los procesos en referenciageneraban ineficiencias ocultas o, al menos, “forzosamente socializadas” que perfilaban y condicionaban la forma de trabajar, circunstancia que generaba opacidad en cuanto a su identificación y las causas que las producían.
Adicionalmente a lo antes mencionado, creemos que un aspecto importante a tener en cuenta es el considerable nivel de transparencia que la instauración o repotenciación de los procesos digitales (que incluyen la utilización de plataformas digitales integradas y de documentos digitales o digitalizados) otorgará a las operaciones de comercio exterior, lo cual permitirá un permanente monitoreo en línea y en tiempo real de la interacción entre cada uno de los operadores intervinientes.
Con ello, figuras como el endoso electrónico en procuración del documento de transporte internacional de mercancías y la autorización comercial de entrega por medios electrónicos están llamadas a desterrar prácticas de antaño (como el uso de los famosos “vistos buenos”) que suponían gestiones, desplazamientos y trámites físicos y presenciales con la pérdida de tiempo y recursos que ello suponía y que redundaba en el incremento de costos bastante “enraizados” en estas operaciones.
La digitalización no sólo ha sido establecida a nivel de la interrelación entre privados, también ha sido dispuesta en lo relativo a la interacción entre los operadores de comercio exterior y las entidades del sector público con competencia en el control de las operaciones de comercio exterior (entidades sectoriales que otorgan permisos de importación de mercancías restringidas, por ejemplo). Sobre esta base se impulsa de manera prioritaria el uso procedimientos administrativos realizados a través de plataformas digitales públicas dispuestas para estos fines (Ventanilla Única de Comercio Exterior, por ejemplo), documentos digitales o digitalizados, expedientes digitales y mecanismos remotos de inspección física.
La transparencia a la que nos referimos, transversal a lo largo de la cadena logística internacional,también parte del hecho que todo lo actuado a través de estas plataformas digitales queda debidamente registrado y puede ser visualizado por múltiples actores, considerando también el monitoreo permanente de la entidad pública competente (en este caso, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR), evitando los problemas que la interacción presencial entre personas pudiesen generar (concretamente, casos de corrupción).
A pesar de las bondades de los procesos de digitalización y de las eficiencias que éstos, de manera integral, pueden generar en la cadena logística de comercio exterior, debe tenerse presente que estos procesos suponen un cambio en la forma en que estas operaciones se han venido desarrollando en las últimas décadas.
Creemos que el tránsito hacia la digitalización y virtualización de todos los procesos relacionados con las operaciones vinculadas con la cadena logística internacional de mercancías implica un proceso de asimilación de cada uno de los actores de dicha cadena que deberá ser progresivo y, además, sustentado en una debida difusión de la normativa correspondiente que permita tangibilizarlos beneficios que su implementación depararía para el sector privado.
Esto es, que el costo de dicho tránsito sea finalmente entendido como una inversión necesaria para poder operar en el futuro cercano bajo los alcances de la “nueva normalidad” que la pandemia ha impuesto.
Finalmente otro tema importante que deberá ser interiorizado por el sector privado es el rol que ahora jugará MINCETUR como nuevo actor con competencia en la fiscalización de la operatividad de las operaciones de comercio exterior, con facultades para monitorear la debida implementación de la digitalización obligatoria y para imponer multas de hasta 10 UIT en caso de incumplimiento de la normativa aplicable.
Al respecto creemos que siempre resultará más importante actuar por convicción y convencimiento en lo que se hace antes que por temor a las sanciones que pueden ser impuestas. Por ello, y como mencionamos antes, el proceso de tránsito natural hacia la digitalización debe ser debidamente ponderado por el Estado y encarado responsablemente por el sector privado.